Qué tener en cuenta a la hora de realizar una operación inmobiliaria y cómo evitar estafas en Ciganda Inmobiliaria

Qué tener en cuenta a la hora de realizar una operación inmobiliaria y cómo evitar estafas

Cuando se vende o adquiere una propiedad muchas veces los dueños y compradores desconocen las cuestiones básicas sobre los costos, documentos y cuidados a tener en cuenta durante la operación. Papeles que faltan, tiempos o costos que los compradores y vendedores no tenían previstos o el temor a eventuales “estafas” hacen que el rol de un escribano de confianza sea clave a la hora de encarar una operación.

“Al momento de avanzar en la compraventa de una propiedad u otro tipo de operación inmobiliaria (por ejemplo permutar o cambiar un inmueble por otro), la tarea del escribano es central para hacerlo con seguridad jurídica”, apuntó a LA NACION la escribana María Cecilia Herrero de Pratesi, del Estudio Pratesi Abogados.

Desde el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires explicaron que, muchas veces, se recurre al profesional “demasiado tarde” y puede ser un grave error. El asesoramiento previo puede evitar inconvenientes mayores. “Es fundamental recurrir a un escribano cuando se inicia el proceso de la operación ya que te sabrá guiar en los pasos como las condiciones de una reserva, la firma del boleto y a qué quedaste comprometido al hacerlo. Suele ocurrir que se cometa el error de recurrir al escribano recién en la última etapa, la previa a la escrituración cuando ya en los documentos previos (reserva, conformación de reserva, seña, boleto, adhesión si se trata de un fideicomiso, etc.), y muchas veces sin prestarle atención, quedaron plasmadas las pautas del negocio”, indicó a LA NACION de Roxana Cutri Hollar, Secretaria de la entidad.

¿Quién elige al escribano? El escribano se elige por acuerdo de partes -entre comprador y vendedor-. En caso de que las partes no se manifiesten, entonces es el comprador el que suele elegir quién intervendrá en la firma de la escritura pública de compraventa. En tanto, si es un inmueble a estrenar o queda un saldo “a pagar”, en estas situaciones es el vendedor quien estará a cargo de la elección.

“Si es vivienda a estrenar, ya sea departamento, barrio cerrado, club de campo, el comprador adhiere además al reglamento de copropiedad y los reglamentos internos de convivencia y/o reglamentos de normas de urbanización y construcción”, indicó a LA NACION el escribano del registro 45 de Vicente López y docente de la UBA, Augusto Mariño Galasso.

En tanto, si interviene un banco o un tercero para prestar dinero al comprador para adquirir el inmueble, y éste lo hipoteca como garantía de la deuda, es el banco o el tercero quienes eligen al escribano de la hipoteca, mientras que el comprador elige el escribano de la compraventa.


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Fuente: La Nación

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