Descubrí los errores más comunes en la liquidación de expensas que te pueden “costar caro” en Ciganda Inmobiliaria

Descubrí los errores más comunes en la liquidación de expensas que te pueden “costar caro”

El 70% de las expensas liquidadas con Excel suelen tener errores al calcular la liquidación del sueldo del encargado y los intereses de las unidades en mora, según un informe de Octavo Piso, el sistema web de gestión de consorcios y barrios cerrados. Esto repercute económicamente -y es posible que también legalmente- sobre los propietarios. La entidad, que analiza el paralelismo entre ambos números desde el año pasado, notó la incongruencia al comparar los valores de las expensas que reciben de los nuevos edificios o consorcios -hechas en su mayoría con Excel o de otras formas manuales- y las liquidaciones del mismo período realizada en el sistema de Octavo Piso.

El sueldo del encargado representa el 30%, aproximadamente, del costo de las expensas, sumando el rubro de haberes y aportes. Este suele “abrirse” para analizar el detalle de cada concepto liquidado, a diferencia del resto de los sectores.

El segundo error más habitual, según Octavo Piso, es el del cálculo de los intereses de las unidades con mora. Explican que en el Código Civil existe el concepto de “anatocismo”, que es la prohibición de cobrar interés sobre interés. Por ende, para las unidades con mora se debe llevar una cuenta corriente separando en términos de gasto, deuda e interés. “Muchos administradores que vienen de liquidar en Excel suelen arrastrar errores en este aspecto”, comentó Rossi.

“Tanto los errores en el cálculo del sueldo y aportes del encargado, como los de los intereses de los vecinos deudores tienen consecuencias económicas y potencialmente legales”, enuncia el informe. Por ejemplo, una liquidación de sueldo errónea puede significar pagar un salario mayor al que corresponde y que esto se derive en un derecho adquirido del encargado. O, en el otro extremo, que se le pague de menos y eso resulte en un reclamo o demanda a futuro.

“Hemos visto personas que sistemáticamente le pagaban 2% de antigüedad cuando le correspondía el 1%, pero si durante años le pagaste 2% no podes bajarlo de pronto porque te puede hacer una demanda porque ya es un derecho adquirido. O puede pasar a la inversa, que le pagaban 1% y le correspondía el 2%; y te puede pasar que el encargado te diga que fue al sindicato y te ponga un reclamo para que le pague el retroactivo”, profundizó Rossi.

En este sentido, el propietario también puede llegar a presentar una demanda en caso de que se le cobren mal los intereses. La otra cara de la moneda es que, si le cobran de menos, es el consorcio el que sale perjudicado y en su lugar beneficia a una unidad.


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Fuente: La Nación

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